Para calcular las vacaciones proporcionales, se debe dividir el número de días de vacaciones que tenga el trabajador (incluyendo las vacaciones progresivas si correspondiera) por los 12 meses del año, y el resultado será el número de días hábiles de vacaciones que debe indemnizar el empleador por cada mes trabajado (ejemplo: 15:12=1,25). Luego, el resultado debe multiplicarse por el número de meses y días acumulados entre la fecha de la contratación del trabajador y el término de su contrato, o entre la fecha en que cumplió la última anualidad y la terminación de sus servicios, y el resultado será el número total de días hábiles que deben indemnizarse. Por último, estos días deben contarse en el calendario a partir del día siguiente a la fecha de terminación del contrato, para luego sumar los días sábados, domingos y festivos incluidos en ese período. Por ejemplo, si un trabajador ingresó el 15 de abril de 2017 y su contrato terminó el 17 de diciembre de 2017, habrá estado vigente 8 meses y 2 días, por lo que tendría derecho a 10,08 días hábiles y 6 días inhábiles (sábados, domingos y festivos), lo que daría un total de 16,08 días, que son los que el empleador deberá indemnizar por concepto de vacaciones proporcionales. El detalle del ejemplo es el siguiente: a) 15: 12 = 1,25 (días de vacaciones por mes trabajado) 1,25: 30 = 0,04167 (vacaciones por día trabajado) b) 1,25 x 8 meses = 10 0,04167 x 2 días = 0,08333 Días hábiles a indemnizar = 10,08 c) Contabilizar los 10,08 días hábiles a partir del día siguiente al término de contrato (18.12.2017) d) Agregar los días sábado, domingo y festivos que inciden en el cómputo anterior (entre el 18.12.2017 y el 03.01.2018)= 6 e) Nº de días a indemnizar (16,08) x sueldo diario.