Tanto el Empleador como el Empleado deberán tener firmado el Contrato indicando claramente las horas de trabajo semanal, el lugar donde será realizado el trabajo, la remuneración y los servicios prestados en un plazo máximo de 15 días corridos a contar del día de la entrada de la Nana a la casa, independiente de si va uno o los cinco días de la semana. Dentro del periodo de prueba, en caso de que una de las partes quiera prescindir, deberá avisar a su contraparte con al menos 3 días de anticipación. El no cumplimiento con ese dictamen se arriesgan a una multa que va desde los 10 hasta los 60 UTM. Además de ello, ante cualquier reclamo que haga la nana en la Dirección, se entenderá como acordado legalmente aquello que diga la nana, por no tener escriturado las condiciones de trabajo.Además de ello, los empleadores que tengan una nana trabajando en su casa de manera informal, es decir, sin contrato y sin cotizaciones previsionales, deberán pagar con multa todas las imposiciones de forma retroactiva. Las empleadas que no tengan sus cotizaciones al día no podrá ser despedida por la empleadora, hasta que eso esté debidamente regularizado o la Nana podrá retirarse alegando ante la Dirección del Trabajo el Auto-Despido, donde deberá pagar todo lo que corresponde a un despido, es decir, días trabajados, vacaciones proporcionales y mes de aviso, incluyendo todas las cotizaciones no canceladas.