Una Asesora del Hogar tiene los siguientes Derechos:
- En el caso de las Asesoras Puertas Adentro, recibir de parte del Empleador los implementos necesarios para poder ejercer su labor (delantal, pantalón, zapatillas, jabon, champu, pasta de dientes).
- Poder comer los mismos alimentos que el Empleador y los miembros de su familia comen.
- Trato respetuoso y amable por parte de todos los integrantes de la casa (Empleado y su familia).
- Horas de descanso (Nueve continuas y tres discontinuas) de acuerdo a lo que establece la Ley o respetarse las horas de trabajo descritas en el Contrato.
- Realizar solo los trabajos descritos en el Contrato de Trabajo.
Una Asesora del Hogar tiene las siguientes Obligaciones:
- Realizar las labores descritas en el Contrato en forma diligente.
- Ser responsable en las horas entrada y de salida.
- Ser respetuosa tanto con el Empleador como con los demás integrantes de la familia.
- Avisar con anticipación al Empleador cuando esté enferma para que esta tome las acciones pertinentes a los temas de su casa.
- Avisar con días de Anticipación al Empleador, cuando este en periodo de prueba, o en el caso de estar contratada, con 30 días de anticipación a través de una carta escrita al Empleador, en caso de que se quiera retirar de la casa, para que este pueda reemplazarla debidamente.